DECLARO ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Fiscal Militar Quinto ante el Consejo de Guerra Permanente de Maracay, TENIENTE (EJ) SAMI RASPER RASSI HAMANI, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.342.372, ejercido contra el auto de fecha ocho de julio de dos mil tres, mediante el cual el Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente de Barquisimeto, DECRETÓ el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano CABO SEGUNDO (GN) JOSÉ AMERICO PEÑA PEÑA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.033.703, de conformidad con lo previsto en el Numeral 3 del Artículo 330 y Numeral 2 del Artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordada relación con el Artículo 396 del Código Orgánico de Justicia Militar y el Artículo 62 del Código Penal.