D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DUODÉCIMO DE CONTROL CON SEDE EN MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Declara con LUGAR, la solicitud realizada por el TENIENTE CORONEL CESAR EDUARDO BLANCO MUÑO, Fiscal Militar Trigésimo Cuarto de Mérida con Competencia Nacional; en consecuencia DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS JAVIER RODRIGUEZ LUZARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.725.494, plaza de la 2da. Compañía del Destacamento 221 del Comando de Zona Para el Orden Interno Nro. 22 de la Guardia Nacional Bolivariana, por encontrase incurso en la presunta comisión del Delito Militar de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 numerales 25 y 26, y sancionado en el artículo 465 y REBELIÓN MILITAR, previsto en el artículo 476 numeral 1ero. y sancionado en el ar.....