DECLARO INADMISIBLE por una causa sobrevenida LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la TENIENTE (GN) THANYA LORENA CORTEZ, en su carácter de Defensor Público Militar Provisorio del ciudadano SOLDADO (EJ) JOSÉ LUIS VENTURA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.137.164, en contra del auto de fecha veintisiete de agosto de dos mil tres, dictado por el Consejo de Guerra Permanente de Maracay en función de Tribunal de Juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6, Numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por cuanto operó de pleno derecho el restablecimiento de la situación jurídica infringida.