Decide: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano JHONNY FERNANDO SEQUERA COHEN, de conformidad con lo previsto en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Consúltese con la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la oportunidad correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 35 Ejusdem