DECLARA no culpable al ciudadano Sargento Segundo (EJ) CARLOS ALBERTO LEIVA CENTENO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.832.358, plenamente identificado en el encabezamiento de la presente Sentencia, y lo ABSUELVE de las imputaciones efectuada por la representación del Ministerio Público Militar, por la presunta comisión del delito militar de Deserción en Tiempo de Paz, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; ello, de conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 144 ejusdem, y artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que en consecuencia, se ratifica la plena libertad del mismo acordada en la decisión tomada el día Martes veintidós (22) de Noviembre del dos mil cinco, una vez concluido el Acto de la Audiencia Oral y Pública en el presente Juicio.