DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abogada RAIZA V. TORRES DURAN, defensora del SARGENTO SEGUNDO (EJ) JULIO CÉSAR GARCÍA ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 14.528.235 y SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia, dictada por el Tribunal Militar Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, Distrito Capital, en fecha once de octubre de dos mil cinco, mediante la cual condenó al SARGENTO SEGUNDO (EJ) JULIO CÉSAR GARCÍA ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.528.235, por la comisión del delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el ordinal 1º del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, y por el delito de DESERCIÓN SIMPLE EN TIEMPO DE PAZ, tipificado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528 ejusdem, más las penas accesorias de ley a que se contraen los ordinales 1º, 2º y 3º, del artículo 407 ibidem, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, (05) MESES Y Q.....