DECLARO: INADMISIBLE LA RECUSACIÓN presentada por el Coronel (GN) JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 5.434.871, contra el Mayor (AV) CARLOS ALBERTO MORAO JAIMES, Juez Militar Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto las razones en las que se fundamenta la recusación, no se subsumen en el numeral 8 del artículo 86 ejusdem.