Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: DECRETA CON LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto al SOBRESEIMIENTO de los delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD y CONTRA EL DECORO MILITAR, previstos y sancionados en los artículos 509 numeral 1 y 565 con los agravantes establecidos en el artículo 402 numerales 1, 6 y 10 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el Representante del Ministerio Público no pudo atribuirle a los imputados responsabilidad, de acuerdo con los resultados de la investigación. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, así como todos y cada uno de los medios de pruebas ofrecidos por ser lícitos, pertinentes, legales y necesarios para demostrar la verdad de los hechos, de conformidad con lo previsto en el artícu.....