En consecuencia este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 443, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, declara la extinción de la pena de los penados Cabo Primero (Ej) Fabio Junior Collazo Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.156.029 y Nelson Rene Pérez, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.581046. En tal sentido, se acuerda remitir el expediente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar, a los fines previstos en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar.
Notifíquese a los penados, expídanse las copias certificadas de ley y remítase el Expediente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar.