DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO, conformidad con lo establecido en el articulo 300, numeral tercero, segundo supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del ciudadano EX SLDDO JEAN PIERO ALBORNOZ LEDEZMA, titular de la cédula de identidad nro. 21.663.356, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 932 Batallón de Cazadores "Cnel. Vicente Campo Elías", por encontrase incurso en la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523 y 527 numeral 1 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Una vez vencido el plazo común de cinco (05) días hábiles para la apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase la causa al C.....