declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación, interpuesto por los Abogados FRANCISCO PATIÑO MUÑOZ y TITO GELVEZ CALCURÍAN, defensores de el Cabo Segundo (GN) JOSÉ GREGORIO CARVAJAL GASCON y Distinguido (GN) JUAN CARLOS MONTOYA ORTEGA, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. 8.265.752 y 11.974.792 respectivamente, incoado contra la decisión del Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente de Barcelona, de fecha treinta y uno de mayo de dos mil tres, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos antes mencionados, por cuanto no están presentes en él las causales de Inadmisibilidad previstas en el Artículo 437 ejusdem.