Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, LA CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO:CON LUGAR el acto formal de imputación, en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO PÉREZ RODRÍGUEZ CARLUIS titular de la cedula de identidad N° V-25.926.412, por la presunta comisión de delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 508, DESOBEDIENCIA previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, el previsto y sancionado en el capítulo vi de la NEGLIGENCIA previsto en el artículo 538 concatenado con el artículo 541, de los DELITOS CONTRA LAS PERSONAS Y LA PROPIEDAD el previsto y sancionado en el 576 ordinal 3 , articulo, con las agravante.....