DECLARO ADMISIBLE el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada NELLY DEL CARMEN NÚÑEZ CAÑIZALEZ, Defensora del Ciudadano Distinguido (EJ) NERGIO GREGORIO PÉREZ VILLALBA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.119.929, ejercido en contra de la decisión emitida en fecha primero de abril de dos mil tres, por el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Maracaibo, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los Artículos 250 y 251 Ordinales 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal.