Este Tribunal Militar Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Pública Militar, decreta: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscal Militar Auxiliar Segunda con Competencia Nacional, de la Aplicación del Procedimiento Ordinario y se declara con lugar la calificación del hecho como flagrante, establecido en los artículos 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el TENIENTE NAVÍO RICARDO GERARDO BELLO PÉREZ, Fiscal Militar Auxiliar Segundo con Competencia Nacional, de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en perjuicio del ciudadano JACKSON JOSÉ VALBUENA LEÓN, titular de la cedula de identidad Nº V-24.456.491. Encontrándose sustraído de la acción de la Justicia, al cual se le imputa uno de los Delitos Contra la Integridad, Independencia y Libertad de la Nación,.....