Este Tribunal Militar Primero de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Privada, decreta: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por la TENIENTE DE FRAGATA YUSNAGRY PEREZ MARQUEZ Y TENIENTE JEAN CARLOS LATOZEFSKY ROJAS, Fiscales Militares con Competencia Nacional, de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en perjuicio del ciudadano: SM2DA ® NOÉ RICARDO ROMERO LUGO, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.491.855, incurso en la presunta comisión de: DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD, INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA NACIÓN, como lo son: TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25º y sancionado en el artículo 465 e INSTIGACIÓN A LA REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 481, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, al considerar este órgano jurisdiccional que se encuentran llenos los extremos de ley contem.....