DECLARO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana Capitán (EJ) MARISOL OMAÑA ZAMBRANO, Fiscal Militar Superior de San Cristóbal, Estado Táchira, toda vez que cesó la violación alegada, al decretarse el Sobreseimiento en la causa seguida contra el ciudadano Soldado (EJ) RICARDO JAVIER VILLAMIZAR GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.782.061, en fecha veinticuatro de agosto de dos mil cuatro, de conformidad con lo establecido en el numeral 1, del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.