DECLARO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado CARLOS GABRIEL CHACÍN RICHARDI, defensor del Teniente de Fragata (ARBV) JUAN PABLO PEÑA MEJÍAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.041.607, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Maracay, Estado Aragua, mediante la cual condenó a su defendido a cumplir la pena de cinco (5) años de prisión, por el delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, en fecha quince de agosto de dos mil cinco.