DISPOSITIVA
En razón a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias con sede en Maturín Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana por Autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 155 Y 156, único parágrafo del Código Orgánico Penitenciario, en concordancia con los artículos 471, Ordinal 1º, 474, 476, 496, 497 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARÓ: PRIMERO: LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO, a favor del penado SOLDADO ® GONZALEZ VELASQUEZ NICOLAS JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-24.720.322, plaza para el momento de los hechos del Agrupamiento de Milicia "CACIQUE CHARAIMA" Nueva Esparta, con domicilio principal en la Calle Zamora Entre la San Nicolás y la Maneiro, casa nro. 73, Porlamar, Estado Nueva Esparta, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, pr.....