DECLARO LA NULIDAD ABSOLUTA del auto de fecha doce de septiembre de dos mil tres, emanado del Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente de Barcelona, así como los actos consecutivos del mismo, a fin de asegurar la integridad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, obligación de los jueces de acuerdo a lo previsto en el encabezamiento del artículo 334 de la misma, por considerar que violenta los derechos a la contradicción, a la defensa, al debido proceso, a la igualdad de las partes y a la tutela judicial efectiva, previstos en los artículos 12, 18, 190, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal y 26, primer párrafo, y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente a su tribunal de origen a los fines de que reciba el escrito de contestación a la acusación fiscal presentado por las Abogados MARVIN BETERMI DE RODRÍGUEZ y LETICIA NÚÑEZ DE RAMÍREZ, Defensoras de los Ciudadanos Soldado (EJ) .....