DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo previsto en los artículos 49 numeral 7° y 300 numeral 3°, primer supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, de la causa seguida en contra del EX SOLDADO ADELIS ANTONIO PERAZA DURAN, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.143.003, plaza para el momento en que ocurrieron los del Batallón de Caribes "Coronel Juan José Rondón", con sede en Barinas, estado Barinas, como autor en la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523 y 527, numeral 1 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena EL CESE del Régimen de Prueba y de las condiciones impuestas al ciudadano EX SOLDADO ADELIS ANTONIO PERAZA DURAN, titula.....